Kafka y el CGE con su sistema electoral

kafka y el CGE

Y Uds. se preguntarán, tal vez, ajenos a la dimisión del inefable y cuasi-eterno presidente González Jurado, qué tendrá que ver una cosa con la otra… ¿verdad?

Todo comenzó cuando el Consejo General de Enfermería (CGE) convocó elecciones a la Presidencia del Pleno el pasado 6 de octubre. Ayer mismo, transcurridos exactamente 10 días, ya teníamos nuevo presidente.

Como desde gobiernos de varias repúblicas bananeras se han puesto en contacto con nosotros para que les expliquemos si “ese fantástico método para sucedernos a nosotros mismos tan rápidamente que ni siquiera da tiempo a que los medios lo digieran y critiquen” (reproducimos literalmente de uno de los correos) tiene copyright y dónde pueden comprar el derecho de uso…

Ahora, en serio.

El proceso electoral convocado por el Consejo General para sustituir como presidente a Máximo Antonio González Jurado está regulado en los Estatutos Generales, aprobados por el Gobierno en noviembre de 2001 (art. 29). Hay algunos aspectos dudosamente garantistas y sin duda peculiares. Por cierto, González Jurado adquirió una enorme deuda con Celia Villalobos, entonces ministra de Sanidad, ya que el Dictamen del Consejo de Estado fue demoledor contra el proyecto de Estatutos; deuda que quizá saldó de la mejor manera posible:

Villalobos medalla

 

En primer lugar, no hay un órgano electoral neutral ad hoc, siendo la Comisión Ejecutiva del CGE la que adopta las decisiones como juez y parte en todo lo relativo al proceso electoral. Observen quiénes son:

 

Comisión Ejecutiva

 

En segundo lugar, el plazo para presentar candidaturas es de solo ocho días naturales. Durante ese plazo tan exiguo, los posibles candidatos tendrán que obtener una certificación de su colegio y de su vida laboral (tienen que documentar al menos 15 años de ejercicio); obtener justificación de ejercicio profesional actual , es decir, certificada por el centro de trabajo y fechada entre el 6 y 14 de octubre; dirigirse a los 52 colegios provinciales solicitando que presenten su candidatura; que estos reúnan a sus Juntas de Gobierno, con el plazo preceptivo entre convocatoria y reunión, y voten proponer (o no) al candidato. Que este obtenga un mínimo de 15 “avales”, lo cual limita a tres las posibles candidaturas (cada uno de los 52 colegios solo pueden proponer a un candidato, al menos según la interpretación que al juez y parte le beneficia e impone, ya que no hay previsiones estatutarias al respecto). Y que los colegios envíen al Consejo General las actas de su reunión y este acuse recibo dentro del plazo de ocho días.

Finalmente, la decisión de admitir o no la candidatura por motivos formales queda en las manos de la propia Comisión Ejecutiva. En este caso, al tratarse solo del puesto de presidente, parece más viable; pero en el proceso electoral para elegir a los miembros del Pleno (de entre los cuales el presidente nombra a la Ejecutiva) hay que presentar, en ese mismo plazo, los certificados y aceptaciones de 42 personas (21 titulares y 21 suplentes) en candidatura cerrada y completa. El incumplimiento de uno solo de los 42 miembros anula la candidatura completa, puesto que no se contempla la posibilidad de subsanar errores documentales o sustituir candidatos.

Nadie podía imaginar conseguir reunir una candidatura opositora al Pleno del CGE hasta que  en mayo de 2016, en la Asociación Nueva Enfermería  conseguimos concretar lo imposible. Al final, naturalmente, no obtuvimos los 15 respaldos exigidos, por lo cual se proclamó la candidatura continuista dirigida por Pilar Fernández Fernández, como de costumbre. Solo que esa vez le vieron las orejas al lobo…

De ahí que en esta ocasión se extremaran las precauciones.

Cuando la convocatoria es en fecha cierta (extinción del mandato), las candidaturas pueden tener adelantados ciertos trámites burocráticos; pero cuando, como es el caso, se anuncia por sorpresa (y en viernes), las cosas se tornan ciertamente duras. Se trata de un régimen electoral a la medida de quienes ostentan el poder en la organización colegial, que explica en buena medida los 30 años de Máximo González Jurado en el cargo.

Para más inri, a pesar de que la convocatoria podría haberse producido antes o después, las fechas están elegidas con precisión para poner todas las trabas posibles a los candidatos: el plazo empieza un sábado y acaba el siguiente sábado (día en que los colegios permanecen cerrados); y entre medias está el puente del Pilar, jueves (festivo) y viernes (laborable… ma non troppo). Es decir, en el mejor de los casos se dispone de cuatro días laborables para cubrir todo el proceso. En la Comunidad Valencia, donde los tres colegios deberían ser opositores, uno menos, ya que el día 9 de octubre es festivo oficial autonómico. ¡No dan puntada sin hilo, oigan!

Al final, naturalmente, solo obtuvo los avales el sucesor de Il Dottore, Florentino Pérez Raya. O al menos eso parece, porque el Consejo General tiene a gala no dar detalle sobre las decisiones de cada colegio provincial, a pesar de que, como ha declarado reiteradamente el Tribunal Supremo, todo lo relacionado con los procesos electorales forma parte de la “actividad de Derecho Público” de las corporaciones profesionales. Y que por tanto tienen que hacer pública toda la información relacionada; de hecho, varios de ellos han hecho público su aval a los candidatos, e incluso su abstención.

Y que también así lo convinieron el Consejo de Transparencia y Unión Profesional (a la que pertenece el CGE y de la cual, al menos hasta ahora, es/ha sido tesorero González Jurado),

uprofesional

como queda más que claro en la publicación conjunta “Guía de transparencia y acceso a la información pública dirigida a los colegios y consejos de colegios profesionales y demás corporaciones de derecho público“, de diciembre de 2016. Ahí podemos leer lo siguiente:

CTBG-UP

PS.- Este sistema electoral es, en sí, kafkiano. Pero resulta aún más kafkiano que este mismo Consejo General (su Comisión Ejecutiva, para ser más exactos) haya anulado las elecciones del Colegio de Murcia de 2016, que se convocaron exactamente el día que expiraba el mandato (cuatro años justo de la fecha de 2012 que por cierto fue decidida por el propio Florentino Pérez, a la sazón interventor del Colegio designado por la Comisión Ejecutiva), sin adelanto ni retraso, por coincidir parcialmente el plazo de los ocho días con la Semana Santa. Por si quedaran dudas (entre los propios colegiados de Murcia), la Junta convocó nuevas elecciones este mismo año 2017, a las que se presentaron tres candidaturas. Nuevamente, por tercera vez, fueron ganadas por la candidatura encabezada por Amelia Corominas.

Por cierto, tal y como anunció la semana pasada el diario El País, el TSJM dictará en breves fechas sentencia en el recurso presentado contra las candidaturas de González Jurado y Pérez Raya a las elecciones de 2015, a lo mejor una más de las posibles razones por las cuales se echó al lado.

“Casualmente”, este recurso fue presentado por …el Colegio de Murcia!. Y la Junta de Edad nombrada  por el CGE ha estado intentando quitar del medio al Procurador designado por dicho colegio, con el aparentemente único propósito de que se “allane” del Recurso, es decir, sea retirado.

Les dejamos aquí las primeras palabras del neopresidente, juzguen Uds. mismos si este señor representa a las enfermeras que le rodean.

5 opiniones en “Kafka y el CGE con su sistema electoral”

    1. Gota a gota se hace el mar… ¿quieres unirte a nuestra marea? en la página de inicio tienes el enlace para unirte a ANE. #JuntosSumamosMas

  1. La enfermería tiene los lideres que se merece
    En cualquier otra profesión, estos discapacitados ya estarían encausados por robo, malversación,….
    Es increíble la falta de interés de la enfermería y la falta de “huevos” para echarlos a hostias

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