Una democracia secuestrada

Los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería dictan instrucciones sobre el proceso electoral a la Presidencia y el Pleno del Consejo General de Enfermería. El proceso es el siguiente (art. 21):

Convocatoria por parte de la Comisión Ejecutiva, que deberá realizarse con, al menos, 15 días de antelación a la celebración de las elecciones: «Las elecciones se celebrarán mediante convocatoria de la Comisión Ejecutiva del Consejo General, que deberá verificarse con quince días naturales de antelación a la celebración de aquéllas». Sin duda es marca de la casa esta forma de redacción oscurantista: la convocatoria «deberá verificarse» con quince días… ¿Qué significa realmente «verificarse»? ¿Tiene que «verificarse» justo 15 días antes o al menos con 15 días de antelación? Como  dijo la Reina de Corazones a Alicia, lo importante no es qué significan las palabras, sino quién manda…

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Navegando por las turbias aguas de las webs colegiales (y II)

 

 

En nuestro post anterior, compartíamos con vosotros parte de la información que hemos encontrado en las webs colegiales. Hoy, os presentamos el resto.
      Volvemos a repetir que no es un estudio en profundidad de las webs de los colegios de enfermería. No somos expertos en diseño de webs ni informáticos, somos enfermeras y hemos navegado como lo haría la mayoría de nosotras: buscando información. Puede que se nos haya quedado atrás algún dato; tal vez no lo hayamos encontrado. Si ha ocurrido, nos disculpamos por ello, aunque la accesibilidad a la información es muy variable de un Colegio a otro. La homogeneidad en este aspecto, de la cual debería ser garante indiscutible el CGE, brilla por su ausencia.
      Nos ha parecido útil investigar el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional que todos los colegiados tenemos contratado por el mero hecho de pertenecer al colegio. ¿Qué pólizas han suscrito los colegios?, ¿cuántos están adheridos a la del CGE?, ¿podemos descargarlas on line?, ¿al menos, leerlas?, ¿saber con qué aseguradora ha contratado nuestro colegio provincial?. Todos los datos que hemos encontrado están en las tres primeras columnas.
      Nos hubiera gustado averiguar más cosas, pero es imposible… ¿Por qué muchos colegios siguen adheridos a la póliza que contrata el CGE?, ¿las condiciones son mejores?, ¿el precio es más ventajoso?, ¿por qué hay colegios que contratan una póliza diferente? En el mejor de los casos, la web de un colegio concreto publica cual es «su» póliza de SRCP, pero en ninguno hemos encontrado más información que esa…
      Otra cosa, que nos llamó la atención desde la primera página que visitamos, es el tema dela publicidad en el inicio. ¿Hay webs colegiales patrocinadas por bancos, aseguradoras y sociedades médicas privadas?. Esa es la impresión que se tiene al visitar alguna páginay alguna otra
      Nos parece penoso que las páginas de inicio de muchas webs colegiales, que están financiadas, como todo lo demás, por los colegiados, se encuentren llenas de anuncios y ofertas comerciales. Los COEs pueden tener acuerdos con determinadas empresas para ofrecer sus servicios a los colegiados, se supone que en condiciones ventajosas…, pero con un apartado específico donde colgar esa información sería suficiente.
      Transcribimos de nuevo parte de su interesante artículo 10:
«Artículo 10. Ventanilla única.
1. Las organizaciones colegiales dispondrán de una página web para que, a través de la ventanilla única prevista en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia. Concretamente, las organizaciones colegiales harán lo necesario para que, a través de esta ventanilla única, los profesionales puedan de forma gratuita:
a) Obtener toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad profesional y su ejercicio.
b) Presentar toda la documentación y solicitudes necesarias, incluyendo la de la colegiación.
c) Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que tenga consideración de interesado y recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el Colegio, incluida la notificación de los expedientes disciplinarios cuando no fuera posible por otros medios.
d) Convocar a los colegiados a las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias y poner en su conocimiento la actividad pública y privada del Colegio Profesional.
      Otro apartado lamentable es el de la posibilidad de realización de trámites en línea, que debería estar resuelto desde hace tantos años como todo lo demás… En las columnas quinta y sexta de la tabla adjuntada más abajo, podéis ver las webs colegiales que informan, explícitamente, de que se pueden hacer trámites electrónicamente. Es decir, en la columna de «Trámites on line», solo hemos puesto «Sí» en aquellos que tienen un formulario específico para los mismos. Muchos otros, cuentan con impresos descargables para solicitar la colegiación e información acerca de los documentos que  hay que presentar, pero NO indican una dirección de correo concreta a la que enviarlos, ni un procedimiento claro.
       A todos se nos ocurre que podríamos imprimir el documento, rellenar todos los campos a mano (suelen estar en formato pdf protegido), escanearlo una vez firmado, escanear una fotocopia compulsada del título y el DNI, digitalizar la foto (para el expediente o para el carnet, quién sabe), localizar la dirección electrónica de la secretaría del colegio y enviarlo todo allí…, a la vez que le encendemos un par de velas a algún santo. Pero no creemos que la ley se refiera a esto cuando dice que servirá para que «los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio y su baja en el Colegio, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia»
      La última columna de la tabla refleja lo que hemos encontrado con respecto a la información que proporcionan las  webs acerca del importe de las cuotas colegiales, tanto la de Alta o Ingreso en el COE correspondiente, como las cuotas periódicas trimestrales, cuatrimestrales o de la periodicidad que corresponda. Parece una información básica, ¿verdad?, pues…, echadle un vistazo a los datos y a las explicaciones a pie de página…, ¡vais a sorprenderos cuando lo leáis! En nuestras primeras visitas a las webs, durante la segunda y tercera semanas de este mes de julio, los datos que NO encontramos, nos hicieron quedarnos sin palabras. La semana pasada, hemos hecho un repaso y hemos encontrado que ¡la información ha aumentado espectacularmente! Nos alegramos mucho.
      Por cierto, mientras las enfermeras permitamos que muchas Juntas de Gobierno colegiales actúen así, que decidan qué información nos proporcionan y cuál no, que nos dificulten el ejercicio de nuestros derechos colegiales y que gobiernen NUESTROS COLEGIOS durante décadas a su antojo, lo seguirán haciendo. Y no olvidemos que dos COEs, el de GRANADA y el de MELILLA ni siquiera tienen páginas webs activas para sus colegiados… Con respecto a estas dos sedes sobra toda explicación. No cumplen ni una normativa a este respecto.
      Y, seguirán proyectando hacia sociedad una imagen de la enfermería turbia y caduca, que no responde a la realidad actual de la profesión: EN NUESTRAS MANOS ESTÁ CAMBIARLO.
      Finalmente, y aunque no era el objetivo de nuestra «investigación», queremos hacer dos menciones especiales a las que nos han parecido las dos mejores webs del panorama colegial enfermero:
1.      La web del COE de Ciudad Real, es clara, completa y ofrece mucha información de interés y fácilmente localizable. NO tiene publicidad visible y parece cumplir todos los requisitos legales.
2.     Y como remate…, a la que nos ha parecido la más divertida y que es, probablemente, la más «lenta» del panorama colegial: La web del COE de Ceuta, que contando con, al menos, tres años de vida, aún conserva estas «perlas»
COE
S. Responsabilidad
Publicidad
Trámites
Información
Civil Profesional
en página
colegiales
de importe
CGE
Otro
Póliza en web
de inicio
Información
Factibles on-line
cuotas
X
No
X
No
No(21)
X(2)
No(21)
X(1)
No
X
No
No
No
No
No(24)
No
X
No
No(21)
No
No
No
X(3)
No
No
No(21)
X
No
No
X
No
X
No
No(21)
X(2)
No
No
No
No
No
X(3)
No
No
No
No
No(7)
No
No
No(7)
No
No
No
No
No
No(21)
X
X(1)
No
No(21)
X
No
No
No(21)
No
No
No
X
No
No
No
La Rioja
X
No
No
No(21)
No
No
No
No(21)
X(3)
No
No
No
No
No
No
No
No
No
X(4)
No(7)
No
No
X
No
X(3)
No
X
X
No
Sí(20)
No
X(5)
No
No
No
X(6)
No
No
No
No
X(3)
No
No
Sí (21)
No
No
No
No
X
No
Si
X(3)
No
No
Si (21)
X
No
No
No(21)
X
No
No
No(21)
X
No(7)
No
No
No
X
No
No(21)
X(2)
No(7)
X(3)
No
SÍ(22)
X
No
Sí(23)
X(3)
No
No
Si (21)
X(3)
No
Granada
DOMINIO WEB DESACTIVADO
Melilla
WEB ILOCALIZABLE, NO PARECE QUE EXISTA
(1) Informan de SRC de la OCE con MAPFRE (creemos que, actualmente, el CGE ha contratado con Zúrich). No hay pdf descargable de la póliza.
(2) Póliza contratada por el CECOVA con AMA. La información descargable, tiene fecha de 2013.
(3) Póliza contratada con AMA.
(4) Contratado con Zúrich, pero distinto del suscrito por el CGE.
(5) Hay información de la póliza del CGE con MAPFRE, del año 2007/2008. Nada más actual.
(6) Contratada con Berkley.
(7) Acceso exclusivo para colegiados registrados.
(19) El trámite de solicitud de colegiación es de acceso general. Para la baja en el colegio o el traslado a otro, hay que acceder a la zona exclusiva de colegiados.
(20) En el apartado «Colegiación» de la Oficina Virtual, hay un formulario en el que se rellenan los datos personales y de residencia y se envía. No solicitan información académica ni profesional, ni documentación alguna… ¿quizá la solicitan con posterioridad?
(21) Información incompleta: hay información sobre cuota de ingreso en colegio, pero no sobre importe de cuotas periódicas; o sobre cuotas periódicas, pero no sobre cuota de ingreso. Casi todas los COE de Castilla y León tienen el mismo servidor de Ventanilla Única, con idénticos formularios y carencias.
(22) Información contradictoria en dos zonas distintas de la web. Informan de cuota de ingreso de 296€, pero solicitan un ingreso de 74€ sin explicar por qué.
(23) El 12-07-2015, la información sobre importes de cuotas, sólo hacía referencia a las cuotas de 2014.
(24) Hay un enlace que, según indican, lleva al formulario de alta colegial, pero, reiteradamente, se produce el «error 404» y no es posible ver el formulario.
(25) Para no tener que desplazarse hasta la sede colegial, ofrecen la posibilidad de enviar todos los originales por correo certificado, ellos compulsan las fotocopias y devuelven los originales por la misma vía.
(26) La información de los documentos necesarios para colegiarse, está en el propio formulario on line de solicitud.
Esto es todo por ahora.
Visto el resultado de la primera parte de este paseo por las turbias aguas de las webs colegiales(véanse los comentarios), ahora sabemos que era necesario dar una visión oficiosa de lo que se podía encontrar en las webs colegiales, servicios que se ofertan con nuestras cuotas y que deben ajustarse a lo que dictan las leyes y tal como dictan las leyes. Nosotros como colegiados debemos exigir a nuestros colegios que cumplan lo establecido y de la forma establecida… y es evidente que no todos lo hacen, aunque otros muchos sí y de forma bastante correcta.
Cada uno de nosotros debe tener claro que tenemos derechos como colegiados y que podemos exigir que se hagan valer.

Derecho de los Colegiados a preguntar a los COEs

Muchos, como colegiados, tenemos un sinfín de dudas con respecto a lo que nuestro COE (Colegio Oficial de Enfermería) nos tiene que ofertar.
      Queremos que desde nuestro espacio vayáis conociendo poco a poco cuales son nuestros derechos como enfermeros colegiados dado que, desde hace relativamente poco, la colegiación es obligatoria para poder ejercer como enfermero/enfermera. Es decir, nuestro COE debe proporcionarnos una serie de servicios a los que no se puede negar…
Uno de esos derechos que tenemos por ser colegiados es al derecho de que se nos informe de todo aquello que solicitemos por los cauces oportunos con respecto al funcionamiento y organización del mismo. En la imagen superior resaltado en color tenéis el texto del Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería. que hace referencia a lo que os indicamos en esta entrada.
      Es decir, esta norma de estar obligados a responder a todo lo que se les requiera es de obligado cumplimiento tanto por los COEs como por el CGE -a través de los COEs-.
      No tengas -no tengamos- miedo de reclamar a nuestro Colegio lo que creamos necesario con respecto a la organización, presupuestos, gastos… y que no consideremos que está bien detallado en sus cauces habituales de información. Muchos colegios se aprovechan de que nadie les solicita nada para no informar de nada… y hacen y deshacen con total opacidad.

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Colaboración especial: Juan F. Hernández Yáñez (@juherya)

Tenemos la tremenda suerte de contar como colaborador en nuestro blog con Juan F. Hernández Yáñez, a través de esta entrada que nos ha hecho llegar.
Gracias Juan, tu aportación es un gran regalo.
Agradezco de todo corazón esta oportunidad que me dan los amigos y amigas de Nueva Enfermería (sean quienes sean), al tiempo que les doy la bienvenida a este fangal, una vez que han entendido que “hay que tomar partido hasta mancharse” (Celaya). Hoy me siento un poco menos solo dando la cara, porque no soy, afortunadamente, el único, pero sí el que más la expone.
Se lo agradezco especialmente porque cada vez que alguna entrada de mi blog (PSXXI) hace referencia al sórdido personaje a quien me referiré a continuación, siento que se me “ensucia” un poco. En realidad, a mí lo que me gusta es la sociología de las profesiones, la demografía, la enfermería asistencial, docente e investigadora y sus problemas… Pero dado que comprendí desde el mismo principio (en el proceso de elaboración de La enfermería frente al espejo: mitos y realidades) que el principal problema de la Profesión Enfermera era de orden político y en su pirámide de problemas, en la misma cúspide estaba su nefasta representación corporativa, asumí con resignación la idea de que tendría que mancharme las manos y que al lado de entradas sobre sociología de la enfermería, demografía, empleo… tendría que haber otras más beligerantes contra la corrupción, las mafias, el matonismo….
En fin, aprovecho la oportunidad para dar la bienvenida a este nuevo, ilegal y efímero mandato, al presidente espúrio del Consejo General de Enfermería.



Excelentísimo Profesor Doctor D. Máximo Antonio González Jurado:

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