Carrera de obstáculos

Si habéis leído nuestro post anterior, ya sabréis la composición del Pleno del Consejo General de Enfermería (CGE); el recién autoproclamado (nos resistimos a llamarlo nuevo) y el anterior, que son prácticamente iguales.

Hoy nos gustaría que os hagáis una idea de cómo el procedimiento electoral recogido en los Estatutos del CGE, está diseñado para dificultar hasta lo increíble la participación democrática de las enfermeras comunes. Y de cómo con el paso de los años se ha creado una estructura que, de manera perversa, gira sobre sí misma expulsando todo aquello que le es ajeno.

Vamos por pasos:

1º.- Formar la candidatura

En principio, podría parecer que entre 284.000 enfermeras (datos del INE a 31-12-2015), reunir a 42 que cumplieran los requisitos académicos que exige la pertenencia al Pleno, sería sencillo, ¿verdad? Sin embargo, no sólo hay que contar con los requisitos académicos adecuados, también hay que tener un tiempo mínimo de ejercicio profesional (7años).

Por alguna razón, desconocida para nosotros, la composición del Pleno está escorada hacia la enfermería especialista, actual y futura, ya que únicamente hay siete vocales en representación de las enfermeras de “Cuidados Generales” (que somos todas…)   

Ocurre que muchísimas de las enfermeras que tienen su título de especialista colgado en la pared (o no), decidieron en su momento continuar con la formación postgrado no sólo porque les gustase la especialidad en cuestión, sino porque la evidente dificultad para encontrar un puesto de trabajo medianamente decente, las llevó a pensar en que durante los dos años que dura la residencia,  a la vez que se formaban, cobrarían un sueldo.

Así pues, gran parte de las compañeras que hubieran querido formar parte de la candidatura y tenían el título correspondiente, no habían ejercido todavía durante siete años completos.

Otra piedra en el camino, era la especialidad de Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos, que aunque en el futuro será la más numerosa, no está todavía al alcance de los enfermeros “mortales” (los “inmortales” ya la han obtenido. Aquí os explicamos cómo), salvo que tengan un título anterior al Decreto de Especialidades de Enfermería.

En todo caso, desde Nueva Enfermería finalmente conseguimos agrupar 21 candidatos y 21 suplentes que reuníamos todos los requisitos, completar la documentación que acreditaba nuestra identidad, los títulos requeridos, nuestra situación laboral en activo y el tiempo estipulado de ejercicio profesional.

En la imagen inferior podéis ver la carpeta en la que colocamos los más de 500 folios  que presentamos en el Registro del CGE el día 3 de junio.

Tocho

2º.- Conseguir los avales

Aunque parezca increíble, reunir a las 42 personas que formaríamos la candidatura “cerrada y completa”, como especifican los Estatutos, no era lo más difícil… Leed lo que se recoge en el siguiente artículo de los Estatutos:

Artículo 29. Procedimiento electoral.

  1. Las elecciones se celebrarán mediante convocatoria de la Comisión Ejecutiva del Consejo General, que deberá verificarse con quince días naturales de antelación a la celebración de aquéllas. Los candidatos al cargo de Presidente deberán ser propuestos por al menos quince Colegios. Las candidaturas para los restantes cargos serán seleccionadas, propuestas y presentadas en relación por cargos y candidatos, así como un suplente para cada cargo, en listas cerradas y completas, por al menos quince Colegios. Las candidaturas habrán de tener entrada en dicho Consejo dentro de los ocho días naturales siguientes a la comunicación de la convocatoria de elecciones. No se admitirá el voto por correo.

Así que, una vez presentada la documentación, comunicamos por correo electrónico a los 52 colegios provinciales que habíamos formado una candidatura, que nos queríamos presentar a las elecciones y que les pedíamos su aval para poder hacerlo.

Teniendo en cuenta la composición de la candidatura continuista (23 presidentes colegiales en ejercicio, 5 expresidentes y tres vocales de colegios provinciales, entre otros) comprenderéis que era una misión casi imposible (y éramos perfectamente conscientes de ello). Sin embargo, pensábamos que quizá algunos estuviesen por la democracia, la participación y la igualdad de oportunidades…  A fin de cuentas, AVALAR NO ES VOTAR, es dar la posibilidad de participar. Está claro que no. Que tengamos constancia, sólo un colegio entendió el mensaje y avaló a ambas candidaturas.

El procedimiento electoral del CGE es traicionero y tiene dos filtros, dos votaciones de hecho, aunque la primera no se llame así. Además, a pesar de que esta posibilidad no aparece en los Estatutos, el CGE no ha contabilizado las propuestas de los colegios que avalaron a más de una candidatura. Tampoco contabiliza los avales de los colegios provinciales con los que tiene discrepancias económicas. De hecho, siete colegios nos confirmaron su aval a Por la Enfermería: Valladolid, Alicante, Pontevedra, Valencia, Navarra, Castellón y Lleida. Sin embargo, en la resolución 5/2016 sólo figuran cuatro de ellos. 

El resultado, según los datos proporcionados por el CGE, fue que 39 colegios avalaron a la candidatura oficialista, 4 colegios avalaron a Por La Enfermería y los avales de un colegio (no sabemos cual), se anularon por apoyar a las dos candidaturas.

En cualquier caso, esto suma un total de 44 colegios que han avalado a alguna candidatura; sabemos que hay un colegio en cada provincia, luego lógicamente son 52. ¿Qué pasa con los que faltan? Imaginamos que, por razones que únicamente ellos conocen, no han querido pronunciarse ni a favor, ni en contra de ninguna de las dos alternativas. Sinceramente, hay silencios clamorosos y, sabiendo cómo están las cosas en la Organización Colegial de Enfermería, el hecho de que hayan intentado quedarse al margen nos parece que se podría interpretar como que, por omisión, han tomado partido.

En este corte del vídeo que recoge el desarrollo del “Debate 26J: compromiso político con la enfermería” (aquí podéis verlo entero), el mismo Sr. González, habla de “votos”, cuando en realidad se está refiriendo a “avales” Hace como si los confundiera, aunque dudamos de que en realidad fuese una confusión (recordad que no se ha llegado a votar). Además, deja muy claro quién impone las reglas en el CGE.

 

3º.- Entender el montaje

Artículo 28. Régimen de elección de los miembros del Pleno.

  1. El Presidente y los representantes de los diversos sectores de la profesión serán elegidos por votación directa y secreta en la que participarán el Presidente, un Vicepresidente y el Secretario de cada Colegio o los miembros de sus Juntas de gobierno que estatutariamente les sustituyan.(…)

Acabáis de leer el punto 1 del artículo 28 de los Estatutos del CGE y queremos llamar vuestra atención sobre unas cosillas…

  • En las elecciones para el pleno del CGE, hay que someterse a dos filtros. El primero, es que “al menos 15 colegios”, avalen a las candidaturas para que puedan participar.
  • Así como la votación es secreta, los avales son públicos… (el boss sabrá a quién ha avalado cada colegio)
  • En la candidatura oficial, van las mismas personas que tendrían que avalar a la independiente y darle la oportunidad de participar. Son juez y parte.
  • Suponiendo que una candidatura independiente, consiguiera los 15 avales, aún tendría que realizarse una votación para determinar quién gana. Y volvemos al punto anterior, votarían los mismos que forman parte de la candidatura oficial. Volverían a ser juez y parte.

Teniendo en cuenta, además, que el Presidente del Consejo elige a los miembros de la Comisión Ejecutiva (3 vicepresidentes, 1 secretario general, 1 vicesecretario general, 1 tesorero y 1 vicetesorero), de entre los integrantes del Pleno, ¿os parece que puede haber alguna circunstancia en la que sus okupantes se vayan a arriesgar a que haya dos candidaturas el día de la votación? Probablemente, ninguna. Y más, cuando el punto 9 del mismo artículo 28 dice lo siguiente:

  1. Cuando en un proceso electoral para elegir miembros del Pleno resulte proclamada una sola candidatura para los respectivos cargos a cuya elección se provea, no será necesaria la celebración del acto electoral, quedando proclamados electos dichos candidatos y sus suplentes de forma automática.

Si no pasas el primer filtro (y ya está diseñado el proceso para que no lo pases), no hace falta recurrir al segundo… Digamos que la votación, propiamente dicha, es un “mecanismo de seguridad”, por si fallase la primera barrera. O viceversa, porque, como ya hemos dicho, la votación es secreta…

En todo caso, estamos convencidos de que todo este esfuerzo por conformar una candidatura alternativa, la primera en la historia del CGE, ha sido positivo, muy positivo. Para la profesión, que está empezando a despertar, y para los propios miembros de este grupo que hemos formado la Candidatura Por la Enfermería (repetimos nuestro nombre tantas veces a propósito, para que lo recordéis por si dentro de poco, alguien se “apropia” de él).

En este proyecto, nos hemos encontrado personas de los cuatro puntos cardinales de España, todos con un mismo objetivo: democratizar y regenerar el CGE. Seguiremos intentándolo, no os quepa duda, y tendremos en cuenta el peculiar modo de entender la democracia del Presidente del CGE, Máximo González Jurado, que él mismo explica en este vídeo (es del mismo debate que el anterior):

 

“Han ganado los que tenían que ganar…”,

¿se puede decir más claro?

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